Según lo establecido en el III Convenio colectivo estatal de la industria, la tecnología y los servicios del sector del metal del 2019, los trabajadores están en la obligación de realizar un curso de reciclaje de la tarjeta profesional del metal de 4 horas cada 4 años; o 1 año, si hubieran estado fuera del sector del Metal.
Esta formación de reciclaje ya empezó a aplicarse en el 2017 con el II Convenio colectivo estatal de la industria, la tecnología y los servicios del sector del metal. La obligatoriedad se aplica a todos los trabajadores (aunque no trabajen en construcción) que se rijan por el convenio del metal, o trabajen dentro de empresas se regulan por dicho convenio.
Este año, 2022, muchas empresas deberán de contemplar en su plan de formación el curso de Reciclaje, de la especialidad que les ataña, porque la gran mayoría de cursos de reciclaje se realizaron en 2018 y este año vencen al cumplir los 4 años de haberse realizado dicha formación de reciclaje. Será la primera vez que muchos alumnos reciban de nuevo el curso de Reciclaje del Convenio del Metal.
En 2018 también da la casualidad que se realizaron la mayoría de los cursos de la tarjeta profesional del metal de empresas del Convenio del Metal para trabajadores del sector del metal que no desarrollan su actividad en obras de construcción: recogido en el capítulo XVII y el Anexo II del Convenio del Metal. Estas empresas también tendrán que tener en cuenta en sus planes de formación la necesidad de incluir estos cursos de Reciclaje para el personal que realizó la formación en 2018 o anterior.
Esta formación es obligatoria para los siguientes trabajadores:
- Responsables y Técnicos de ejecución
- Mandos Intermedios
- Personal Administrativo
- Personal de Oficios
- Personal Directivo